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RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS CENTROS DOCENTES PRIVADOS

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ          En relación con la responsbilidad civil de los centros docentes privados podemos diferenicar, por un lado, la responsabilidad por actos ilicitos dañosos no tipificados penalmente, y, por otro lado, la responsabilidad por actos tipificados penalmente. 1. Responsabilidad por actos ilícitos dañosos no tipificados penalmente Con base en el art. 1903.5 CC el titular de un centro docente responderá por los hechos ilícitos cometidos por sus alumnos. Lo que realmente importa es que exista un daño cometido por un alumno, pudiendo intervenir o no otras conductas negligentes, como la del profesorado o la del titular del centro. Al respecto, se plantea la cuestión de si la responsabilidad civil del titular del centro docente privado es de naturaleza objetiva o, por el contrario, tiene su fundamento en la culpa o negligencia de aquél. La jurisprudencia por regla general se ha pronunciado a favor del fundamento subje...

RESPONSABILIDAD CIVIL

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ UNA REFLEXION ENTORNO A LOS SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Los daños que se producen en una sociedad repercuten en la riqueza total de la comunidad, no siendo únicamente un problema distributivo privado. Si el potencial causante del daño, como consecuencia de su actividad, acaba incendiando una fábrica colindante, aunque con posterioridad indemnice íntegramente a su propietario, con su conducta provocará una disminución en el stock de bienes de la sociedad . El propietario perdió su fábrica -el bien-, pero por agregación la sociedad en su conjunto también perdió el bien. Esta pérdida se producirá, en principio, con independencia que el causante del daño indemnice o no a su víctima. Sin embargo, si bien con posterioridad a la producción del hecho causante del daño (el incendio de la fábrica) la pérdida social es irreparable, con anterioridad a la producción del daño la conducta del todavía potencial causante del daño no será la misma si ...

NORMAS JURIDICAS: ESPADAS DE DOBLE FILO

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ Tomando el paradigma del utilitarismo de que el Derecho puede asignar beneficios y cargas entre los individuos, teniendo como objetivo el bienestar general, lo que la norma jurídica vendría a hacer es condicionar el juicio del agente decisor que se vale de una cierta racionalidad instrumental, presentándole nuevas acciones alternativas entre las que puede elegir, o bien aportando nuevos criterios en virtud de los cuales alguna de las que ya existían va a pasar a ocupar el primer lugar en la escala de gradación de preferencias, esto es, que a partir de entonces una de aquellas va a mostrarse como más conveniente, mejor o más útil en el caso concreto. Todo ello en orden a lograr el propósito que en cada caso el legislador persiga, que debería ser el bienestar general, aunque tampoco puede descartarse que sea algún otro, que incluso se ubique en las antípodas del anterior. El poder del Derecho no se limita a su capacidad para imponer determin...

DEMANDAS SALVAJES

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ En febrero de 1992 la Sra. Stella Liebeck derramó -accidentalmente, se entiende- una taza de café caliente de McDonald's que le causaron quemaduras de tercer grado en su región pélvica. Tras denunciar a McDonald's y reclamar 2,9 millones de dólares por daños, al final consiguió una indemnización de 640.000 dólares. Desde entonces los vasos de cartón de las cadenas de restaurantes de comida rápida llevan incorporada la advertencia de que el líquido que contienen puede quemar. Como consecuencia de todo esto, estamos rodeados de "letreritos" o "cartelitos" en los que se nos advierte que si nos ocurre un desgraciado accidente, no se responsabilizan de lo ocurrido. Ni todos los carteles, instrucciones y advertencias del mundo pueden -si se me permite la licencia- con la estupidez humana. En los carritos para bebés encontramos instrucciones avisando de que antes de colocar al niño han de abrirse. En las lav...

INVESTIGACIÓN JURIDICA

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ       Por investigación empírica podemos entender, en sentido amplio, cualquier modo de obtener datos o información acerca del mundo real mediante la experiencia, a través de la percepción sensorial de los hechos. En este sentido, los métodos empíricos de investigación del Derecho comprenderían cualquier procedimiento a través del cual podemos adquirir conocimientos basados en la experiencia acerca de las reacciones que el Derecho provoca en las conductas y el bienestar de las personas. En un sentido más estricto, a veces se habla de investigación empírica del Derecho únicamente cuando la información obtenida mediante la experiencia se cuantifica o se analiza mediante técnicas estadísticas o cuantitativas. En esencia existen dos tipos de métodos empíricos: la observación y la experimentación. La observación consiste en examinar y analizar la realidad sin alterarla. La experimentación consiste en provocar deliberad...

SISTEMAS CTS Y PATENTES

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ SISTEMAS CTS Las interrelaciones entre la generación de conocimiento científico, conocimiento aplicado y la mejora de la calidad de la vida -mejora de procesos productivos- es lo que podemos denominar  "sistema ciencia tecnología sociedad", dentro del cual podemos considerar el subsistema de I+D, es decir, el conjunto de instrumentos legislativos y financieros y de instituciones públicas y privadas que se dedican a la producción de nuevos productos y procesos. Los sistemas CTS consisten en el conjunto estructurado de recursos y actividades relacionadas con la producción y difusión del conocimiento científico y su incorporación a los procesos de producción de bienes y servicios. Podríamos considerar que el dinero -invertido-, el personal, las colaboraciones... serían las entradas -recursos y actividades-, y los artículos, personal formado, patentes.... serian las salidas -incorporación a los procesos productivos- Aparte de ...

FRAUDE CIENTÍFICO

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BUFETE PANISELLO - JUAN PANISELLO MARTÍNEZ En ocasiones los científicos incurren en comportamientos que podemos calificar como  "fraude científico" . En sentido amplio podemos considerar fraude científico  todas aquellas desviaciones del método científico y de las normas éticas relacionadas con la actividad científica . Debemos de tener presente que si bien ser científico es una actitud vital -apetito de conocimiento, formularse preguntas y buscar respuestas-, no debemos olvidar que ser científico también es una profesión, por lo que si bien los motivos por los que un científico puede incurrir en fraude científico -o plagio- pueden ser variados hemos de tener en cuenta el factor competitivo -profesional- de la ciencia. En ocasiones el científico puede encontrarse en la necesidad de obtener resultados y publicar, pues dejar de publicar tal vez implique quedarse al margen de círculos científicos relevantes, y en consecuencia de determinados recursos económicos o subv...